La AFIP prorrogó el plazo para pagar los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales. Además, el ente recaudador dispuso que el pago se pueda realizar en tres cuotas. Lo hizo a través de la Resolución General 4.758, publicada en el Boletín Oficial
La medida abarca a todos los casos a raíz de que se dispuso que hasta el 31 de agosto de 2020 no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) en la que está encuadrado el contribuyente. Hasta ahora, esa categoría era la que definía si se puede o no solicitar el plan y el máximo de cuotas para pagar los impuestos.