A partir del Decreto 2021/438 del gobierno nacional que se publicó en el Boletín Oficial, los trabajadores que inicien una nueva relación laboral deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio a otra prestadora.
Cambiar el sistema de libre elección y retrasar la posibilidad de disponer el traspaso de los aportes a otra entidad era una de las promesas que el presidente Alberto Fernández había realizado a la dirigencia de la Confederación General del Trabajo (CGT). Así buscan evitar la fuga de los aportes obligatorios al sector privado.
Según explica el texto, la opción de cambio podrá ejercerse solo una vez al año y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud. Ese derecho deberá ejercerse de manera individual y personal por el interesado a través de las modalidades dispuestas por la Superintedencia de Servicios de Salud.
El texto fue firmado por el Presidente, el Jefe de Gabinete Santiago Cafiero, y la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti.(Infobae)

