El directorio fijó un incremento del 5% retroactivo a julio para la telefonía fija, la telefonía móvil, internet y la televisión por suscripción. Finalmente, este miércoles se publicó la resolución en el Boletín Oficial.
Según el artículo 1 de la resolución 862 firmada por el presidente del Enacom, Claudio Ambrosini, que vio LA NACION, los licenciatarios de servicios de comunicaciones móviles podrán aplicar un aumento retroactivo al 1° de julio de 2021 de hasta un 5% en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixta.
En tanto, de acuerdo con el artículo 3, los licenciatarios de servicios de internet, telefonía fija, radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y radioeléctrico y los licenciatarios por suscripción mediante vínculo satelital podrán incrementar el valor de todos sus precios minoristas también hasta un 5% retroactivo al 1° de julio de 2021.
Como en anteriores oportunidades, el organismo establece en el artículo 5 que “cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por los licenciatarios que supere los valores expresamente autorizados deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”.(La NACION)

