El Gobierno restringió el ingreso de los deudores alimentarios a las canchas en el marco del programa Tribuna Segura

Luego de que la ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, anunciara que los deudores alimentarios ya no podrán ingresar a las canchas, la modificación en el programa Tribuna Segura se oficializó esta madrugada en el Boletín Oficial. De esta manera, se amplió el universo de personas que podrán ser excluidas de los eventos deportivos en todo el país.

Por medio de la publicación de la Resolución N° 429/2026, las autoridades determinaron que quienes figuren en el Registro Público de Alimentantes Morosos también serán alcanzados por las restricciones de ingreso a estadios. Así, la medida quedó establecida tras la actualización del artículo 2° de la Resolución 354/2017, al que se le incorporaron 4 incisos.

“Si existiera a su respecto una medida judicial o administrativa que estipulare la restricción de ingreso a estadios deportivos por encontrarse inscripto en un Registro Público de Alimentantes Morosos, o su equivalente, de conformidad con la normativa local”, dispone el inciso h.

Hasta la fecha, el programa Tribuna Segura excluía principalmente a quienes tuvieran antecedentes vinculados con delitos en el contexto de eventos deportivos, conductas violentas y contravenciones relacionadas con los espectáculos. No obstante, las autoridades consideraron que la ampliación del alcance del programa ayudaría a “fortalecer su eficacia también como herramienta de cumplimiento de la obligación alimentaria”.

Desde este miércoles, quienes estén registrados como deudores alimentarios no podrán ingresar a las canchas

Según una publicación que realizó la ministra de Seguridad Nacional en la red social X, la modificación fue producto de un trabajo conjunto entre Nación y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. “El que no cumple con sus hijos, afuera de las canchas. Más controles y reglas claras”, sostuvo.

Por otro lado, la actualización de la normativa también ratificó la exclusión de individuos violentos. De acuerdo con el inciso e, ahora también serán excluidas aquellas personas que hubieran presentado “conductas violentas contra las personas o las cosas o que afectaren la seguridad, el tránsito vehicular o el orden público”.

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