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Para ahorrar energía el Gobierno manda a los empleados públicos a trabajar desde sus casas

Ola de calor y cortes de luz. La convivencia de esos dos conceptos hicieron que vivir en el ciertas áreas del país esta semana haya sido, por lo pronto, difícil. En ese contexto, y “a los fines de reducir el consumo de energía eléctrica”, el Gobierno dictaminó que lo que resta de la semana laboral, es decir este jueves 13 y el viernes 14, el sector público vuelva al teletrabajo.

Tal como se detalla en el artículo 1 del Decreto 16/2022, llamado “Trabajo a distancia por ahorro de energía” y publicado en el Boletín Oficial, la medida regirá desde las 12 del mediodía, y aplicará “a todas las jurisdicciones, organismos y entidades del sector público nacional a los que se refiere el artículo 8° de la Ley N° 24.156″, el cual dice que quienes integran dicho sistema son las siguientes entidades:

  • Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social
  • Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias
  • Entes públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones
  • Fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional

De esta manera, el documento publicado bajo la firma del presidente de la Nación, Alberto Fernández, y el jefe de Gabinete, Juan Manzur, dice que las personas comprendidas en el decreto deberán desarrollar sus tareas “mediante la modalidad de prestación de trabajo a distancia, en caso de que ello resulte posible, y se abstendrán de permanecer o concurrir a sus lugares habituales de trabajo”.

¿Quiénes deberán trabajar presencialmente?

Sin embargo, aclaran que se trabajará para “mantener las guardias necesarias para preservar la continuidad de los servicios esenciales” y que “la o el titular de cada jurisdicción, organismo o entidad determinará los equipos de trabajadores y trabajadoras esenciales que deberán prestar funciones en forma presencial, en tanto se trate de áreas críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad”.

En ese sentido, algunos sectores quedaron “expresamente excluidos de la medida”. Ellos son:

  • La Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS)
  • Las Fuerzas de Seguridad Federales
  • Las Fuerzas Armadas
  • El Servicio Penitenciario Federal
  • El personal de salud y del sistema sanitario
  • El personal de Guarda Parques Nacionales (Decreto N° 1455/87) y del Sistema Federal de Manejo del Fuego (Decreto N° 192/21)
  • La Dirección Nacional de Migraciones
  • Las instituciones bancarias y entidades financieras (La Nación)

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