La falta electoral al no emitir el sufragio, indica una posible multa o justificar la ausencia. El infractor que no pague la sanción no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales.
En caso de no haber emitido el voto el valor de la multa es de $50. ¿Dónde? Para hacerlo personalmente es necesario generar e imprimir la boleta y efectuar la deuda a través del Banco de la Nación Argentina o por medios electrónicos: https://infractores.padron.gob.ar/
En caso de justificación, el ciudadano tiene 60 días corridos posteriores a la elección para presentar el certificado en la Secretaría Electoral que corresponde a su distrito.
Por María del Rosario Gardey.