Desde la autoridad monetaria recordaron que «ya estaba vigente la misma restricción para la compra de pasajes o servicios turísticos» y añadieron que ahora «se sumó lo que se conoce como Puerta a Puerta».
El texto de la comunicación oficial indica que «entidades financieras y los proveedores no financieros de crédito no deberán financiar en cuotas las compras de sus clientes -personas humanas y jurídicas- de «productos en el exterior que se reciban por el sistema de envíos postales sin finalidad comercial según el Código Aduanero, ni de servicios internacionales de fletes, couriers y gestoría de trámites aduaneros». (ámbito)

