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Fiesta en Olivos: el fiscal rechazó el planteo de Alberto Fernández sobre inexistencia de delito

El fiscal federal Fernando Domínguez rechazó hoy el planteo de atipicidad que hizo el presidente Alberto Fernández en la causa por la Fiesta de Olivos. De esta manera, el fiscal considera que hubo delito en los hechos investigados. Ahora deberá expedirse el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli, que se hizo cargo de la investigación luego de una disputa de competencia con la jueza Sandra Arroyo Salgado.

En agosto pasado, Alberto Fernández argumentó que lo sucedido aquella noche en la quinta de Olivos no era delito y pidió que se declare extinta la acción penal y se decrete su sobreseimiento: “Como consecuencia de lo expuesto se haga lugar a la excepción de falta de acción por manifiesta atipicicidad y, como consecuencia de ello, se proceda al dictado del sobreseimiento del suscripto”.

Entre los argumentos fundamentales del escrito se destacaba que “no se ha seguido, ni ha resultado ninguna consecuencia lesiva y, por tanto, no existen ‘víctimas’” por la violación del DNU que estableció restricciones y la prohibición de las reuniones sociales en el AMBA.

“En este sentido, en los términos del art. 339, inciso 2°, del Código Procesal Penal de la Nación –en adelante CPPN–, vengo a interponer excepción de falta de acción por inexistencia manifiesta de tipicidad, conforme a lo que se desarrollará, a fin de que, corrida las vista pertinente a la otra parte, se haga lugar a la presente y, en consecuencia, dicte mi sobreseimiento, en los términos del art. 336, inc. 2°, o subsidiariamente 3° del CPPN, en tanto la conducta enrostrada no encuadra en una figura jurídico penal sustantiva alguna, declarando en consecuencia que el proceso no afecta mi buen nombre y honor de que gozo”, argumentó el presidente cuando la causa estaba en Comodoro Py.

Dominguez rechazó ese planteo en un dictamen que presentó hoy en el expediente y al que tuvo acceso Infobae. “La doctrina nacional resulta conteste a la hora de afirmar que la excepción por falta de acción fundada en la ausencia de delito sólo es viable cuando surge en forma manifiesta la falta de adecuación típica del hecho incriminado”, sostuvo el fiscal federal de San Isidro. Y agrega: “Los hechos investigados de modo alguno pueden tildarse de palmaria y/o de evidentemente atípicos. (Infobae)

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